Portal de Transparencia

Transparencia

Última actualización: 1 de junio de 2026

Este portal de transparencia se ha creado siguiendo las indicaciones del Comisionado de Transparencia del Gobierno de Canarias y en cumplimiento con la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública del Gobierno de Canarias.

1. INSTITUCIONAL: INFORMACIÓN GENERAL:

El Matadero Insular de Tenerife, S.A. se constituyó en Santa Cruz de Tenerife ante el Notario D. Fernando González de Vallejo González el día 21 de mayo de 1993, figurando con número de protocolo 1600. La sociedad se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, Tomo 983, Folio 111, Hoja TF-6375, y está provista de CIF A-38325197. El inicio de sus operaciones tuvo lugar el 1 de mayo de 1993. Su domicilio social se encuentra ubicado en la Calle Alfredo Hernández s/n, El Ortigal, en el municipio de San Cristóbal de La Laguna, Santa Cruz de Tenerife.

Se trata de una entidad de ámbito insular que adopta la forma mercantil de Sociedad Anónima. En la actualidad, el Cabildo Insular de Tenerife ostenta una participación del 33,7 % del capital social, correspondiendo el resto del accionariado a ayuntamientos de la isla y a entidades vinculadas al sector ganadero, sector cárnico y sector industrial de carácter privado.

La creación del Matadero Insular de Tenerife, S.A. respondió a la necesidad existente en la isla de Tenerife de disponer de una instalación única que reuniera las condiciones técnico-sanitarias exigidas por la normativa aplicable en materia de sacrificio y faenado de animales destinados al consumo humano. Su puesta en funcionamiento permitió avanzar en el proceso de sustitución de los antiguos mataderos municipales, centralizando la actividad en unas instalaciones adaptadas a las exigencias sanitarias, de control alimentario y de salud pública establecidas por las autoridades competentes.

La existencia de esta infraestructura resulta esencial para el mantenimiento y continuidad de la actividad ganadera en Tenerife, ya que los operadores del sector primario insular cuentan con el Matadero Insular de Tenerife, S.A. como instalación de referencia para el sacrificio y faenado de ganado destinado al consumo humano, garantizando el cumplimiento de los requisitos higiénico-sanitarios, de trazabilidad y control exigidos por la normativa vigente.

2. ORGANIZATIVA

NORMATIVA APLICABLE

Aquí puede consultar la normativa relacionada con nuestro sector y a la que se le debe dar cumplimiento para adaptarse a la legalidad vigente. Las instalaciones de matadero y despiece de MIT S.A. están inmersas en una permanente mejora de procesos para atender la demanda del mercado. Para poder conseguir productos de gran calidad, es imprescindible tener bajo el más riguroso control, todo el proceso de producción. Seguridad Alimentaria: La legislación alimentaria comprende el conjunto de reglas jurídicas que regula a la industria de este sector y que tiene como fin proteger la salud del consumidor estableciendo obligaciones legales en relación a las correctas prácticas de higiene y seguridad en la industria alimentaria. El Reglamento (CE) nº 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria, estableciendo el marco de regulación de la Unión Europea en materia de seguridad alimentaria. Dicho Reglamento fue complementado por varias disposiciones a las que se denomina “Paquete de Higiene”, entre las que se encuentran:
  • Reglamento (CE) nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios.
  • Reglamento (CE) nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.
  • Real Decreto 1086/2020, de 9 de diciembre, por el que se regulan y flexibilizan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones de la Unión Europea en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios y se regulan actividades excluidas de su ámbito de aplicación.
En relación a los controles oficiales que realiza la autoridad competente, destacan:
  • Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales.
  • Reglamento Delegado (UE) 2019/624 de la Comisión, de 8 de febrero de 2019 sobre normas específicas respecto a la realización de controles oficiales sobre la producción de carne.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2019/627de la Comisión, de 15 de marzo 2019, que regula el control oficial de los productos de origen animal destinados al consumo humano.
Las canales faenadas en el Matadero Insular de Tenerife S.A., están sometidas a un estricto control analítico:
  • Desde el punto de vista microbiológico, se cumplen los criterios establecidos en el Reglamento (CE) nº 2073/2005 de la Comisión, de 15 de noviembre de 2005, y sus modificaciones, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios.
  • Para la prevención de la triquinosis y el control de la presencia de triquina en la carne se muestrean las canales de porcino según el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1375 de la Comisión, de 10 de agosto de 2015.
Para la prevención, control y erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles (ETT), se cumple lo establecido en:
  • Reglamento (CE) nº 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001.
  • Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.
Los animales enviados al matadero tienen que estar identificados de manera que se pueda conocer su procedencia. La granja de origen, además, debe proporcionar al matadero toda la documentación oficial (transporte, identificación, etc.) y la información de la cadena alimentaria. Todos estos procesos los contempla la normativa:
  • Identificación:
  • Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad.
  • Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad.
  • Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad.
  • Reglamento 653/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014 referente a la identificación electrónica de los animales de la especie bovina y al etiquetado de la carne de vacuno.
  • Transporte:
  • Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.
  • Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
  • Real Decreto 990/2022, de 29 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte.
  • Información de la Cadena Alimentaria:
  • Real Decreto 361/2009, de 20 de marzo, por el que se regula la información sobre la cadena alimentaria que debe acompañar a los animales destinados a sacrificio.
Desde la granja hasta la mesa, debe hacerse un escrupuloso seguimiento y control de los datos contienen información sobre los animales y después, de las canales. En todo el proceso de recepción, producción y expedición se garantiza la trazabilidad del producto, para ello se cumple con:
  • Reglamento (CE) 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de enero de 2002 por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.
  • Real Decreto 1698/2003, de 12 de diciembre, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los reglamentos comunitarios sobre el sistema de etiquetado de carne de vacuno.
  • Reglamento de Ejecución (CE) 1337/2013 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a la indicación del país de origen o del lugar de procedencia para la carne fresca, refrigerada o congelada de porcino, ovino, caprino y aves de corral.
El bienestar animal es una preocupación cada vez mayor para los consumidores. Trabajamos para garantizar el bienestar de los animales, durante el transporte y en el momento del sacrificio, aplicando la legislación:
  • Reglamento (CE) 1099/2009 del Consejo, de 24 de septiembre de 2009, relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza.
  • Reglamento (CE) nº 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas.
  • Real Decreto 37/2014, de 24 de enero, por el que se regulan aspectos relativos a la protección de los animales en el momento de la matanza.
Para garantizar una adecuada gestión de los SANDACH, subproductos animales no destinados al consumo humano, existe diversa normativa, tanto europea como nacional:
  • Reglamento (CE) nº 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento 1774/2002 (Reglamento SANDACH).
  • Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre,por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano.
  • Real Decreto 476/2014, de 13 de junio, por el que se regula el registro nacional de movimientos de subproductos animales y los productos derivados no destinados a consumo humano.

INFORMACIÓN RELATIVA A LAS FUNCIONES QUE DESARROLLA LA ENTIDAD

El Matadero Insular de Tenerife, S.A. tiene por objeto la gestión de la actividad de sacrificio y faenado de ganado, así como todas aquellas actividades complementarias necesarias para la adecuada prestación de la actividad económica de matadero.

Entre las funciones desarrolladas por la entidad se encuentran la recepción y entrada de animales, la estabulación y manejo del ganado, el sacrificio y faenado de las distintas especies autorizadas, el oreo y acondicionamiento de las canales, la gestión y tratamiento de subproductos animales y residuos derivados de la actividad, y la prestación de servicios complementarios asociados a la actividad de matadero, entre ellos el transporte de canales para aquellos usuarios que así lo soliciten.

El Matadero Insular de Tenerife, S.A. opera como matadero de servicio, lo que implica que la entidad no desarrolla, con carácter general, actividades de compra y venta de animales o canales, sino que presta servicios especializados de sacrificio y faenado por cuenta de los titulares del ganado. La actividad desarrollada tiene como finalidad garantizar que los productos destinados al consumo humano cumplan los requisitos higiénico-sanitarios, de trazabilidad y control establecidos en la normativa vigente.

La actividad del matadero reviste una especial importancia desde el punto de vista de la salud pública y la seguridad alimentaria, al constituir el último punto oficial de control sanitario antes de la salida de las carnes al mercado y su posterior consumo.

En las instalaciones desarrollan su labor los servicios veterinarios oficiales competentes, responsables de realizar de manera permanente las inspecciones y controles establecidos normativamente tanto sobre los animales vivos antes del sacrificio como sobre las canales destinadas al consumo humano, garantizando el cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias exigidas, la aptitud de las carnes para el consumo humano y la correcta identificación y trazabilidad de los productos conforme a la normativa vigente en materia de seguridad alimentaria.

Asimismo, la entidad desempeña una función esencial para el sector primario insular, dado que los ganaderos de Tenerife no disponen de instalaciones alternativas en la isla para el sacrificio reglado de las especies de bovino, porcino, caprino y ovino. En este sentido, el matadero constituye una infraestructura indispensable para garantizar la continuidad de la actividad ganadera y el abastecimiento de carne producida localmente.

La entidad mantiene una política de prestación de servicios orientada a facilitar la actividad de los operadores del sector ganadero y cárnico, contribuyendo indirectamente al mantenimiento de la producción local mediante la aplicación de tarifas ajustadas y la garantía de disponibilidad del servicio.

Igualmente, el Matadero Insular de Tenerife, S.A. desarrolla su actividad conforme a la normativa vigente en materia de bienestar animal, aplicando los procedimientos y controles exigidos legalmente durante las operaciones de descarga, estabulación, manejo y sacrificio de los animales, con el objetivo de minimizar cualquier situación de estrés o sufrimiento innecesario. El cumplimiento de estas obligaciones se encuentra sometido a supervisión veterinaria oficial.

En materia medioambiental y de gestión de residuos, la entidad cumple las obligaciones establecidas en la normativa aplicable, especialmente en relación con la gestión de subproductos animales no destinados al consumo humano (SANDACH), garantizando el adecuado tratamiento y control de los residuos generados durante el desarrollo de la actividad.

ORGANIGRAMA

3. SERVICIOS Y PROCEDIMIENTOS: CANAL INTERNO DE INFORMACIÓN (LEY 2/2023)

Esta empresa no dispone de canal interno de información al contar con menos de 50 trabajadores, conforme a lo previsto en la Ley 2/2023.

4. ECONÓMICO – FINANCIERA

CUENTAS ANUALES

Puede consultar el balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias y la liquidación del presupuesto del Matadero Insular de Tenerife.

INFORMES DE AUDITORÍA DE CUENTAS Y DE FISCALIZACIÓN

Puede acceder a las Cuentas Anuales Abreviadas e informe de auditoría del Matadero Insular de Tenerife.

5. CONTRATOS

6. CONVENIOS Y ENCOMIENDAS DE GESTIÓN

7. AYUDAS Y SUBVENCIONES

El Matadero Insular de Tenerife recibe subvenciones nominativas con el objeto de financiar los gastos corrientes y de inversión para el desarrollo de su actividad.