Portal de Transparencia

Transparencia

Este portal de transparencia se ha creado siguiendo las indicaciones del Comisionado de Transparencia del Gobierno de Canarias y en cumplimiento con la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública del Gobierno de Canarias.

1. INSTITUCIONAL: INFORMACIÓN GENERAL:

El Matadero Insular de Tenerife, S.A. se constituyó en Santa Cruz de Tenerife, ante el notario D. Fernando González de Vallejo González, el 21 de mayo de 1993 y figura con nº. de protocolo 1600. Está inscrita en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife en el Tomo 983, folio 111, Hoja número TF. 6375. Provista de CIF – A38325197 y con domicilio social en C/ Alfredo Hernández, s/n El Ortigal –San Cristóbal de La Laguna.

Se trata de una empresa de carácter insular que adopta forma mercantil de Sociedad Anónima. En la actualidad, el Cabildo Insular de Tenerife tiene una participación del 33,7% de su capital social, siendo el resto del accionariado de Ayuntamientos, Sector Ganadero, Sector Carnicero y Sector Industrial.

La empresa Matadero Insular de Tenerife, S.A. tiene por objeto la gestión de la actividad de sacrificio de ganado, así como todas aquellas que sean complementarias a ésta y necesarias para la mejor prestación de la actividad económica de matadero. Así mismo, el matadero tiene una importante función desde el punto de vista de la salud pública, al ser éste el último punto de control, tanto de los animales vivos antes de su sacrificio, como de las canales antes de su salida al mercado.

La creación de la Sociedad obedece a la necesidad insular, siguiendo las directrices de Salud Pública de clausurar los mataderos municipales y crear un único matadero en la isla que reúna los requisitos sanitarios que la normativa específica establece. Además, se considera imprescindible que la isla de Tenerife cuente con matadero que reúna todas las garantías sanitarias y que permita obtener canales de calidad que puedan competir en el mercado.

2. ORGANIZATIVA

NORMATIVA APLICABLE

Aquí puede consultar la normativa relacionada con nuestro sector y a la que se le debe dar cumplimiento para adaptarse a la legalidad vigente.

Las instalaciones de matadero y despiece de MIT S.A. están inmersas en una permanente mejora de procesos para atender la demanda del mercado. Para poder conseguir productos de gran calidad, es imprescindible tener bajo el más riguroso control, todo el proceso de producción.

Seguridad Alimentaria:

La legislación alimentaria comprende el conjunto de reglas jurídicas que regula a la industria de este sector y que tiene como fin proteger la salud del consumidor estableciendo obligaciones legales en relación a las correctas prácticas de higiene y seguridad en la industria alimentaria.

El Reglamento (CE) nº 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria, estableciendo el marco de regulación de la Unión Europea en materia de seguridad alimentaria. Dicho Reglamento fue complementado por varias disposiciones a las que se denomina “Paquete de Higiene”, entre las que se encuentran:

  • Reglamento (CE) nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios.
  • Reglamento (CE) nº 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.
  • Real Decreto 1086/2020, de 9 de diciembre, por el que se regulan y flexibilizan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones de la Unión Europea en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios y se regulan actividades excluidas de su ámbito de aplicación.

 

En relación a los controles oficiales que realiza la autoridad competente, destacan:

  • Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales.
  • Reglamento Delegado (UE) 2019/624 de la Comisión, de 8 de febrero de 2019 sobre normas específicas respecto a la realización de controles oficiales sobre la producción de carne. 
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2019/627de la Comisión, de 15 de marzo 2019, que regula el control oficial de los productos de origen animal destinados al consumo humano.

 

Las canales faenadas en el Matadero Insular de Tenerife S.A., están sometidas a un estricto control analítico:

  • Desde el punto de vista microbiológico, se cumplen los criterios establecidos en el Reglamento (CE) nº 2073/2005 de la Comisión, de 15 de noviembre de 2005, y sus modificaciones, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios.
  • Para la prevención de la triquinosis y el control de la presencia de triquina en la carne se muestrean las canales de porcino según el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1375 de la Comisión, de 10 de agosto de 2015.

Para la prevención, control y erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles (ETT), se cumple lo establecido en:

  • Reglamento (CE) nº 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001.
  • Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el Programa Integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.

Los animales enviados al matadero tienen que estar identificados de manera que se pueda conocer su procedencia. La granja de origen, además, debe proporcionar al matadero toda la documentación oficial (transporte, identificación, etc.) y la información de la cadena alimentaria. Todos estos procesos los contempla la normativa:

  • Identificación:
  • Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina.
  • Real Decreto 205/1996, de 9 de febrero, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina.
  • Real Decreto 1980/1998, de 18 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de animales de especie bovina.
  • Reglamento 653/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014 referente a la identificación electrónica de los animales de la especie bovina y al etiquetado de la carne de vacuno.
  • Transporte:
  • Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.
  • Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
  • Real Decreto 542/2016, de 25 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte.
  • Información de la Cadena Alimentaria:
  • Real Decreto 361/2009, de 20 de marzo, por el que se regula la información sobre la cadena alimentaria que debe acompañar a los animales destinados a sacrificio.

 

Desde la granja hasta la mesa, debe hacerse un escrupuloso seguimiento y control de los datos contienen información sobre los animales y después, de las canales. En todo el proceso de recepción, producción y expedición se garantiza la trazabilidad del producto, para ello se cumple con:

 

El bienestar animal es una preocupación cada vez mayor para los consumidores. Trabajamos para garantizar el bienestar de los animales, durante el transporte y en el momento del sacrificio, aplicando la legislación:

  • Reglamento (CE) 1099/2009 del Consejo, de 24 de septiembre de 2009, relativo a la protección de los animales en el momento de la matanza.
  • Reglamento (CE) nº 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas.
  • Real Decreto 37/2014, de 24 de enero, por el que se regulan aspectos relativos a la protección de los animales en el momento de la matanza.

 

Para garantizar una adecuada gestión de los SANDACH, subproductos animales no destinados al consumo humano, existe diversa normativa, tanto europea como nacional:

  • Reglamento (CE) nº 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre de 2009 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento 1774/2002 (Reglamento SANDACH).
  • Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre,por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano.
  • Real Decreto 476/2014, de 13 de junio, por el que se regula el registro nacional de movimientos de subproductos animales y los productos derivados no destinados a consumo humano.

INFORMACIÓN RELATIVA A LAS FUNCIONES QUE DESARROLLA LA ENTIDAD

El Matadero Insular de Tenerife es una figura clave en la seguridad alimentaria y en la sanidad animal. Ejerce un importante papel desde el punto de vista de la Salud pública, tratándose del último punto de control sanitario de las carnes, antes de su envío al consumo.

Salud Pública cuenta en el MIT con veterinarios que ejercen en todo momento su labor inspectora para garantizar la calidad higiénico sanitaria de las canales que van destinadas al consumo humano.

Asimismo, también es una pieza clave para el desarrollo del sector ganadero, ya que lleva a cabo labores de promoción del consumo de carne de producción local, control y calidad de las canales, detección de problemas que afectan a los usuarios de los mataderos, ganaderos, carniceros e industrias cárnicas, generación de documentación necesaria tanto para la tramitación de subvenciones como el seguimiento de la trazabilidad.

El Matadero Insular de Tenerife tiene por objeto la gestión del servicio insular de matadero asumido por el Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, realizando las funciones de recepción y entrada de ganado, estabulación del ganado, sacrificio y faenado de las reses, el oreo de las canales, el tratamiento de subproductos y todas aquellas que sean complementarias de éstas y necesarias para la mejor prestación del Servicio Insular de Matadero.

3. ECONÓMICO – FINANCIERA

CUENTAS ANUALES

Puede consultar el balance de situación, la cuenta de pérdidas y ganancias y la liquidación del presupuesto del Matadero Insular de Tenerife.

INFORMES DE AUDITORÍA DE CUENTAS Y DE FISCALIZACIÓN

Puede acceder a las Cuentas Anuales Abreviadas e informe de auditoría del Matadero Insular de Tenerife.

4. CONTRATOS

5. CONVENIOS Y ENCOMIENDAS DE GESTIÓN

6. AYUDAS Y SUBVENCIONES

El Matadero Insular de Tenerife recibe subvenciones nominativas con el objeto de financiar los gastos corrientes y de inversión para el desarrollo de su actividad.